El artículo 59 dice que la persona humana es el fin supremo de toda sociedad, la cual hay que respetarla y protegerla.
Tegucigalpa, Honduras. El abogado en materia penal y laboral, Andrés Asfura, se refirió al decreto 04-2022, que pide indemnizar a los que fueron criminalizados por el golpe de Estado en 2009, para reformar la Ley de Amnistía Política, que emitió el Congreso Nacional (CN).
Mencionó, que no está de acuerdo con darle dinero a los familiares, sino que hay que darle otro tipo de beneficios para que puedan suplir sus necesidades como medicamento, vivienda y en otros casos, estudio.
Además, la enmienda contempla que no pueden ser objeto de amnistía los delitos que tengan que ver con la corrupción, narcotráfico y terrorismo.
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ARTÍCULO
En ese sentido, citó el artículo 59 de la Constitución de la República, el cual dice “La persona humana es el fin supremo de la Sociedad y del Estado, todos tienen la obligación de respetarla y protegerla, la dignidad del ser humano es inviolable”.
Asimismo, aseveró que el artículo constitutivo anterior se refiere exclusivamente a la persona y que se debe apartar del color político, la religión, costumbre y demás.
Para concluir, agregó que para este decreto se debe tomar en cuenta solo a los parientes más cercanos por ejemplo padre, madre e hijos.
Redacción: Oscar Carrasco, Carlos Castillo
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