El recurso de casación es en contra de los exviceministros implicados en el caso del IHSS.
Tegucigalpa, Honduras. La portavoz del Ministerio Público(MP) Lorena Calix, expresó que han presentado en las últimas horas un recurso de casación en contra de la sentencia de repetición del juicio oral y público a los exviceministros de Salud, Javier Rodolfo Pastor; Trabajo y Seguridad Social, Carlos Montes Rodríguez.
Asimismo, ambos fueron condenados en noviembre pasado por cohecho pasivo impropio, pero se les absolvió por lavado de activos en el sonado caso del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS).
Sin embargo, dicha impugnación se fundamenta en el hecho que a criterio del Organismo Público existe una violación, interpretación errónea y aplicación indebida a la norma en cuanto al tipo penal de lavado de activos.
A ello se suma que, para el ente fiscal, el Tribunal de Sentencia del Circuito Anticorrupción emitió un fallo no apegado a derecho, que carece racionalidad ante la falta de valoración de la prueba.
Francis Cabrera: “no tiene validez si renuncian ante Luis Redondo”
Ministerio Público presenta recurso de casación contra sentencia que absuelve por lavado de activos a ex viceministros Javier Rodolfo Pastor Vásquez Carlos Montes Rodríguez, implicados en el desfalco del IHSS. pic.twitter.com/60AVNdYOrh
— Radio Cadena Voces (@RCVHonduras) February 1, 2022
CÓDIGO PENAL
Según el Artículo-360 del Código Procesal Penal, habrá lugar al recurso de casación por infracción de ley o de doctrina legal, cuando dados los hechos que se declaren probados en la sentencia, se haya infringido un precepto penal u otra norma jurídica de carácter sustantivo, que deba ser observada para la aplicación de la ley penal o un principio de doctrina legal también de carácter sustantivo.
De igual manera, el Artículo-362 establece que el recurso de casación por quebrantamiento de forma podrá interponerse cuando la sentencia recurrida adolezca de vicios procedimentales.
En conclusión, el recurso de casación presentado es por infracción de ley en la interpretación errónea del Artículo-3 de la Ley de Lavado de Activos Decreto 45-2002 y por quebrantamiento de forma.
ADEMÁS: DNVT insta a dueños de vehículos para adquisición de nuevas placas