Honduras, Tegucigalpa. – Guatemala pide intervenir en litigio marítimo entre Honduras y Belice por la soberanía de los cayos Zapotios, mientras Cancillería hondureña se llama al silencio ante las pretensiones guatemaltecas.
El 1 de diciembre de 2023, la República de Guatemala, haciendo referencia al Artículo 62 del Estatuto de la Corte, presentó en la Secretaría de la Corte una Solicitud para obtener permiso para intervenir en el caso relativo a la Soberanía sobre los Cayos Zapotillos (Belice v. Honduras).
De conformidad con el artículo 62 del Estatuto, siempre que un Estado que no sea parte en un caso considere que tiene un interés de naturaleza jurídica que pueda verse afectado por la decisión del caso, podrá presentar una solicitud al Tribunal para que se le permita intervenir.
En su Solicitud de autorización para intervenir, Guatemala recuerda que el 16 de noviembre de 2022, Belice inició un proceso contra la República de Honduras por “soberanía sobre los Cayos Zapotillos o Cayos, un conjunto de islas en el Golfo de Honduras, que también reclama Guatemala”.
En este procedimiento, Belice solicita a la Corte que “falle y declare que, entre Belice y Honduras, Belice es soberano sobre los Cayos Zapotillos”.
Según Guatemala, la presentación de Belice en el caso Belice v. Honduras se superpone con sus presentaciones en el caso relativo a la Reclamación Territorial, Insular y Marítima de Guatemala (Guatemala/Belice).
En este último caso, tanto Belice como Guatemala reclaman soberanía sobre los Zapotillos. En su Solicitud de permiso para intervenir, Guatemala sostiene que tiene “un claro interés de naturaleza jurídica [en el caso Belice vs. Honduras] desde . . . tiene un reclamo de larga data de soberanía sobre los Zapotillos, que es parte del tema del asunto pendiente Guatemala/Belice caso ante la Corte”, y que puede verse afectado por una decisión de la Corte en el presente caso.
Guatemala indica además que el objeto de su intervención es doble:
“(a) Proteger los derechos e intereses de Guatemala sobre los Cayos Zapotillos por parte de todos los medios legales disponibles, incluido el establecido por el artículo 62 del Estatuto de la Corte;
(b) Informar a la Corte sobre la naturaleza y alcance de los derechos de Guatemala, que pueden ser afectados por la decisión de la Corte sobre la cuestión de la soberanía sobre los Zapotillos. La Solicitud de Guatemala también busca garantizar que las determinaciones de la Corte no afecten o perjudiquen los derechos e intereses legales de la República de Guatemala”.
En lo que respecta a la existencia de una base de jurisdicción entre Guatemala y las Partes en el presente procedimiento, Guatemala señala que, si bien Guatemala y Belice han concluido un acuerdo especial en el caso Guatemala/Belice, no existe base de jurisdicción entre Guatemala y Honduras. Sin embargo, sostiene que “la ausencia de tal vínculo con Honduras no es un obstáculo para la intervención de Guatemala, desde el. . . La solicitud de permiso para intervenir se basa en Artículo 62 del Estatuto [de la Corte]”.
De conformidad con el artículo 83 del Reglamento de la Corte, Belice y Honduras han sido invitados a presentar observaciones escritas a la solicitud de autorización para intervenir presentada por Guatemala.
El texto completo de la Solicitud de permiso para intervenir de Guatemala estará disponible en el sitio web del tribunal en breve.
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Historia del proceso
El 16 de noviembre de 2022, Belice inició un proceso contra Honduras con respecto a una disputa sobre la soberanía sobre los Cayos Zapotillos, que describe como un grupo de cayos que se encuentran en el Golfo de Honduras en el extremo sur de la Barrera de Coral de Belice.
En su demanda de inicio del procedimiento, Belice afirma que, desde principios del siglo XIX, los Cayos Zapotillos han formado parte del territorio de Belice, inicialmente como parte del asentamiento de Belice y posteriormente colonia de Honduras Británica, y desde 1981 como parte del Estado independiente de Belice.
El Solicitante argumenta que “según el derecho internacional, Belice es soberano sobre Cayos Zapotillos” y que “el reclamo hondureño sobre los Cayos Zapotillos, articulado en su Constitución de 1982, que sigue vigente como cuestión de derecho interno de Honduras, no tiene fundamento en el derecho internacional”.
Belice solicita a la Corte “fallar y declarar que, entre Belice y Honduras, Belice es soberano sobre los Cayos Zapotillos”. Como fundamento de la competencia de la Corte, Belice invoca Artículo XXXI del Tratado Americano de Soluciones Pacíficas (Pacto de Bogotá) de 30 de abril de 1948 y Artículo 36, párrafo 1, del Estatuto de la Corte.
Mediante Auto de 2 de febrero de 2023, el Tribunal fijó el 2 de mayo y el 4 de diciembre de 2023 como fechas plazos respectivos para la presentación de la Memoria de Belice y la Contra memoria de Honduras. Ambos escritos fueron presentados dentro de los plazos así fijados.
Los comunicados de prensa anteriores relacionados con este caso están disponibles en el sitio web de la Corte.
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