Estados Unidos abre nuevo proceso de reunificación familiar, así lo informo la embajada de los Estados Unidos en Tegucigalpa.
NACIONALES.- El Departamento de Seguridad Nacional de Estados Unidos (DHS) ha creado nuevos procesos de reagrupación familiar con permiso de permanencia temporal para El Salvador, Guatemala, Honduras y Colombia y está actualizando los procesos de reagrupación familiar con permiso de permanencia temporal para Cuba y Haití, informó la embajada estadounidense en Tegucigalpa.
Los nuevos procesos son para ciertos nacionales de Colombia, El Salvador, Guatemala y Honduras, cuyos familiares son ciudadanos estadounidenses o residentes permanentes legales, beneficiarios de una solicitud familiar aprobada (formulario I-130).
Estos nuevos procesos complementan otros existentes para los nacionales cubanos y haitianos que pronto serán actualizados, detalló la embajada estadounidense, ciertos nacionales de estos países que son beneficiarios de un formulario I-130, dicho formulario por, Petition for Alien Relative (Petición de Familiar Extranjero) pueden ser elegibles para ser considerados para un permiso de permanencia temporal.
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Los beneficiarios deben estar fuera de EEUU, los beneficiarios que reúnan los requisitos deben encontrarse fuera de los EEUU, cumplir todos los requisitos, incluidos los de examen, investigación de antecedentes y médicos, además, de no haber recibido ya un visado de inmigrante.
Los nacionales de estos países pueden optar para el permiso de permanencia temporal, caso por caso un período de hasta tres años, mientras solicitan convertirse en residentes permanentes legales de conformidad con su solicitud I-130 aprobada.
El Gobierno de EEUU autorizará de forma oportuna y eficaz el viaje de las personas aprobadas y examinadas, los procesos comienzan cuando el Departamento de Estado emite una invitación al familiar ciudadano estadounidense o residente legal permanente.
Quien, solicitara cuyo formulario I-130 presentado en nombre de un beneficiario colombiano, salvadoreño, guatemalteco u hondureño, solo un solicitante invitado puede iniciar el proceso presentando una solicitud en nombre del beneficiario.
Redacción: JT