La ley antiviolencia se creó con la idea de controlar los problemas de seguridad en todos los recintos deportivos, pero su aplicación no surte efecto.
Tegucigalpa- Honduras. El 22 de mayo del año 2015, el Congreso Nacional (CN), aprobó los artículos siete y 12 de la Ley Especial para la Seguridad y la Prevención de la Violencia e Intolerancia en los Estadios de Fútbol e Instalaciones Deportivas.
Lo anterior con el fin de propiciar las condiciones de seguridad y prevenir actos de violencia y tolerancia en los colosos y brindar seguridad a los ciudadanos, antes, durante y después de cada partido.
Dicha Ley sería aplicable a personas naturales y jurídicas, organizadores de eventos deportivos y administradores de cada instalación.
La Ley contiene un total de 42 artículos y es aplicable a quienes desempeñen actos de violencia; tanto verbal como física.
¿Qué incluye la ley?
Dentro de las disposiciones está la prohibición de menores en la venta de bebidas alcohólicas, así como la venta y consumo a este grupo poblacional. Restringir el ingreso a la cancha a personas que no tienen que ver con la organización de los juegos.
Asimismo impedir el ingreso de personas en estado de ebriedad, portadores de armas de cualquier tipo, objetos inflamables u objetos de cualquier tipo que expongan la integridad de cada persona.
Otras disposiciones
Sumado a todo lo anterior, también se instruyó la aplicación de un sistema separador de barras que incluía la entrada y salida diferente de cada una de ellas. Además la norma mencionaba la capacitación constante, con talleres y campañas educativas, a los integrantes de las barras.
Se instruyó también la instalación de circuitos cerrados de televisión dentro de los estadios y en las afueras de la infraestructura, y grabación del acceso y salida de los portones.
Castigos
El incumplimiento de esta ley provocaría que los culpables se sometieran a multas de hasta tres salarios mínimos mensuales, prohibición de acceso a todos los estadios del país, en tiempo de uno a cinco años.
También incluye la paga de 40 a 80 horas de trabajo comunitario relacionado con el evento deportivo.
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