Doblado obtiene un salario de más de 200 mil lempiras, entre otros beneficios.
Tegucigalpa, Honduras.– Cerca de cuatro millones en prestaciones, y 100 mil lempiras en jubilación, se embolsó la directora de Instituto Nacional de Jubilaciones y Pensiones de los Empleados Públicos (Injupemp), Martha Doblado, según manifestaron fuentes sindicales de esta institución.
Cabe destacar, que Doblado obtiene un salario de más de 200 mil lempiras, entre otros beneficios; además se ha mencionado que como titular de Injupemp, aprobó una pensión superior a los 100 mil lempiras a la expresidenta de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Vilma Cecilia Morales, actual interventora del Instituto Hondureño de Seguridad Social (IHSS). Y se presume la funcionaria, se habría pagado los prestamos que tenía con instituciones bancarias con fondos de la institución.
En lo que respecta a las jubilaciones de los empleados públicos de menor escala, ronda en los seis mil lempiras y un empleado jubilado del IHSS, no sobrepasa a los dos mil lempiras, lo que representa un total desbalance en las economías de los retirados.
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Por su parte, el diputado Hugo Noé Pino, se refirió al nombramiento de cuatro años más a los funcionarios públicos Miriam Guzmán titular del Servicio de Administración de Rentas (SAR), y Carlos Madero, una en el directorio del Banco Central de Honduras (BCH), y el otro en el Fondo de Seguro de Depósitos (Fosede), y dijo que no solo se trata de ellos, si no de muchos casos más.
«No se trata solo de ellos, también Martha Doblado y Ebal Díaz, que recibe prestaciones. Esto parece generalizado, es penoso; la constitución señala que estos nombramientos son de confianza del estado, muchos han usado por años las prebendas del mismo, y llegar a un nivel de esta naturaleza, solo para favorecerlos económicamente, no es ético», aseveró Pino.
Según el parlamentario, esto va en contra de la Constitución de la República, pero el Gobierno saliente siempre ha tenido esta característica, sin embargo, con el gobierno entrante, se buscará la derogación de los nombramientos.
Además, la Ley General de la Administración Pública, en su articulado 35, detalla que los secretarios de Estado, subsecretarios, secretarios generales y administradores generales serán libremente nombrados y removidos por el presidente de la república en cualquier momento.
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