La invalidación se dio por tener cuarto grado de consanguinidad con el actual presidente de la Corte Suprema de Justicia.
El Consejo Nacional Electoral (CNE), inhabilitó al diputado Roy Dagoberto Cruz Pérez del departamento de Copan, este salió electo por el Partido Nacional en los recién pasados comicios electorales.
En un comunicado publicado por el CNE dicta dicha inhabilitación, esto por tener cuarto grado de consanguinidad con el actual presidente de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), Rolando Argueta.
En ese sentido, el Pleno de Consejeros del CNE, dieron a conocer que la resolución fue tomada en cumplimiento del artículo 199 numeral 10) de la Constitución de la República, por haber constatado su parentesco dentro del cuarto grado de consanguinidad, con el presidente de la CSJ.
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— CNE_HONDURAS (@CneHonduras) January 21, 2022
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En el escrito el CNE explica que ya ha notificado formalmente al Congreso Nacional, la inhabilitación del indicado ciudadano, y al Partido Nacional de Honduras le ha solicitado acredite el sustituto conforme lo dispuesto por la Ley Electoral de Honduras.
De la misma resolución ha sido notificada la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, e igualmente en razón de que el indicado ciudadano no podrá integrar el Congreso Nacional para el periodo 2022-2026.
En la constitución de la Republica en su artículo 199 numeral 10, establece que no pueden ser elegidos diputados “El cónyuge y los parientes dentro de cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad de los citados en los numerales 1, 2, 4, 8 y 9 precedentes, y del secretario y Subsecretario de Estado en los Despachos de Defensa y Seguridad Pública”.
Este tipo de casos, ya hay un antecedente cuando fueron sacados del proceso electoral Claudia Berónica Moncada y Mario Moncada, hermanos de la consejera Rixi Moncada, por tener consanguinidad en primer grado.
Según expertos, en el caso que Xiomara Castro y su hija estén en un puesto publicó no hay problema que participen al mismo tiempo y que lleguen a un puesto publicó, esto solo aplica cuando alguien ya está desempeñando un cargo y un familiar participa en un proceso de elección, que automáticamente queda inhabilitado.
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