El Comité Nacional de Prevención contra la Tortura, Tratos Crueles, Inhumanos o Degradantes (CONAPREV), presentó recurso de Hábeas Corpus ante la sala penal de la Corte Suprema de Justicia con el fin de que varios privados puedan defenderse en libertad por padecer de enfermedades crónicas o por ser mayores de 60 años de edad.
El recurso presentado favorecerá a cientos de privados de libertad incluyendo a la Exprimera Dama Rosa Elena Bonilla de Lobo que padece de hipertensión y tiroides que son enfermedades letales ante la presencia del coronavirus en Honduras.
Bonilla de Lobo esta sentenciada a 58 años de prisión, por el caso reconocido llamado » La caja chica de la dama», sentencia que fue desglosada de la siguiente manera:
- 10 años por el delito de apropiación indebida.
- 48 años por fraude.
Al respecto se pronunció el Consejo Nacional Anti-corrupción, mediante un Twitter afirmaron mostrarse preocupados ante la liberación de los reos por el #Covid-19,entre ellos los casos mas reconocidos de la exprimera dama Rosa Elena Bonilla de Lobo y el periodista David Romero.
Aquí el Twitter del Consejo Nacional Anti corrupción:
Por otra parte el periodista David Romero Ellner fue condenado a más de 10 años de prisión por el delito de injuria y difamación contra la señora Sonia Inés Gálves, esposa del exfiscal general adjunto de la República, Rigoberto Cuellar.
El recurso deberá ser resuelto por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia en un término no mayor a 24 horas, ya que el Ministerio Publico no presentó ninguna oposición al mismo en tiempo y forma.
En su momento el portavoz oficial del Poder Judicial, Melvin Duarte recordó que en 2019 «bajo esa acción se liberaron a más de 3,800 privados de libertad quienes fueron beneficiados con las medidas de preliberación o libertad condicional. Entre ellos 3,611 hombres y 287 mujeres».
¿Qué es un recurso de Hábeas Corpus?
Es una institución jurídica que obliga a que toda persona detenida se la presente en un plazo preventivo determinado ante el juez de instrucción, quien podría ordenar la libertad inmediata del detenido si no encontrara motivo suficiente de arresto.
Este término proviene del latín hábeas corpus [ad subiiciendum] ‘que tengas [tu] cuerpo [para exponer]’, «tendrás tu cuerpo libre», siendo hábeās la segunda persona singular del presente de subjuntivo del verbo latino habēre (‘tener’). O puede ser llamado igualmente como «cuerpo presente» o «persona presente».
La institución del hábeas corpus permite evitar arrestos, detenciones arbitrarias y asesinatos parajudiciales, asegurando los derechos básicos de ser escuchado por la justicia y saber de qué se le acusa. También puede decirse que tutela los derechos fundamentales derivados de la vida y la libertad frente a cualquier acto u omisión de cualquier autoridad, funcionario o persona que pueda vulnerar dichos derechos.